miércoles, 2 de septiembre de 2020

COMUNICADO N° 25 INSCRIPCIONES EMERGENCIA TÉCNICA

 


                                           CORONEL PRINGLES, 2 de septiembre de 2020

REF: INSCRIPCIÓN LISTADO DE EMERGENCIA TÉCNICA

 

COMUNICADO 25

 

            SECRETARÍA DE ASUNTOS DOCENTES de CORONEL PRINGLES informa que, del 04-09-2020 AL 08-09-2020, se realizará inscripción a Listado de Emergencia para Escuela Técnica N° 1, según Disposición 19/14  en los siguientes Espacios Curriculares:

 

TECNICO EN TECNOLOGIA DE LOS ALIMENTOS

Módulos

Años

 

 

QUIMICA ORGANICA

4

 

 

QUIMICA ORGANICA Y BIOLOGICA

3

 

 

QUIMICA INDUSTRIAL

3

 

 

LAB. DE QUIMICA ORGANICA, BIOLOGICA Y MICROBIOLOGICA

4

 

 

ORGANIZACIÓN Y GESTION INDUSTRIAL

2

 

 

MICROBIOLOGIA DE LOS ALIMENTOS

4

 

 

 

 

 

 

 

TECNICO EN ELECTROMECÁNICA

Módulos

Años

Máq. Eléct. y Autom

4

Diseño y Proc.Mecánico

4

Instal. y Aplic. de la Energía

4

Electrotecnia

3

 

Res. y Ensayos de los Mat.

3

 

 

Termod. y Máquinas Térm

3

 

 

Sistemas Mecánicos

3

6

 

 

Máquinas Eléctricas

3

 

 

Sistemas Mecánicos

3

 

 

Lab.de Met. y Ctrl de Calidad

2

 

 

Mant. Y Montaje Electr.

4

 

 

Ingles

 

 

 

 

 

            Los interesados deberán remitir la documentación en 1 único archivo cuya denominación deberá ser “APELLIDO Y NOMBRE” en formato PDF a la siguiente dirección de correo electrónico: ingresopringles2020@gmail.com (no utilizar otra), con el asunto:“EMERGENCIA TÉCNICA-MATERIA-APELLIDO Y NOMBRE”

 

·         Planilla de inscripción  completa y firmada por el aspirante (1 por cada materia en que se inscribe).

·         Títulos registrados.

·         Cursos registrados.

·         Certificado analítico con % de materias aprobadas.

·         Formulario 354 (desempeño y calificación).

·         DNI.

 

 

 

 

COMISIÓN EVALUADORA:

 

·         IE TÉCNICA: Prof. César CABALLÍN

·         SADD: Prof. Gabriela VALLESE

·         EEST N°1: D Prof. Verónica BÉTTIGA

 

PUBLICACIÓN DE RESULTADOS: A PARTIR DEL 09-09-2020 (Se remitirán los resultados a los mails declarados por los aspirantes).

 

SE RECUERDA QUE LOS DATOS PRESENTADOS REVISTEN CARACTER DE DECLARACIÓN JURADA

 

ARTICULO 68°: (Texto según Ley 10614) La falsedad en las declaraciones o certificados cancelará el nombramiento, si lo hubiese, y excluirá del Registro al aspirante por el término de dos (2) a cinco (5) años, de acuerdo con la gravedad de la misma a partir de la fecha de la sanción, sin que el término del alejamiento bonifique por tal concepto para ulteriores designaciones. La reincidencia en la falsedad causará la eliminación del aspirante con carácter definitivo. La sanción se aplicará previa instrucción de sumario y dictamen del Tribunal de Disciplina.

ARTICULO 68°: (Decreto 2485/92) - Una vez detectada la falsedad, la rama técnica correspondiente, o el Tribunal de Clasificación en su caso, girará las actuaciones a la Dirección del Tribunal de Disciplina para propiciar se ordene la instrucción del sumario pertinente. En caso de infractores primarios la disposición que lo ordene, establecerá la designación de un funcionario, en lo posible letrado, para que cite al imputado a ratificar o rectificar firmas y el contenido de la documentación que se le atribuye, otorgándole vistas por el plazo de diez (10) días y emplazándolo para que dentro de dicho término presente su descargo y ofrezca pruebas. Si ésta es ofrecida, el instructor sumariante la sustanciará y otorgará el plazo respectivo para alegar sobre la misma. Cumplidas dichas instancias se elevarán los actuados al Tribunal de Disciplina para su intervención. En caso de infractores reincidentes que no se encuentren prestando servicios al momento de comisión de la presunta falta se aplicará el mismo procedimiento señalado precedentemente.


DISPOSICIÓN 19/14

PLANILLA DE INSCRIPCIÓN

  

 

 

 

No hay comentarios:

Publicar un comentario